Estimada empresa asociada,

La Delegación de Impuestos Especiales de la AEAT ha iniciado una campaña de Inspecciones en Talleres de Reparación de Vehículos con el objetivos de detectar fraudes en la aplicación del Impuesto sobre los Gases Fluorados. Con el objetivo de que esta inspección interfiera lo menos posible en su actividad diaria, hay dos cuestiones que debe tener en cuenta y que trataremos de contestar a continuación:

                ¿CUÁLES SON SUS OBLIGACIONES COMO MANIPULADOR DE GASES FLUORADOS?

  • La persona o personas que realicen operaciones de manipulador de Gases Fluorados deben disponer del Certificado acreditativo emitido por la Dirección General de Industria.
  • Realizar la compra del Gas Fluorado a proveedores debidamente acreditados, y que este cumpla con la normativa europea que le es de aplicación.
  • Hacer constar, de manera diferenciada y antes de IVA, la cantidad cargada de gas expresada en kilogramos y el impuesto correspondiente a esa cantidad de gas indicando el epígrafe del gas utilizado y aplicando la tasa soportada a la compra.
  • En caso de que deba desechar equipos contaminados con gases fluorados, o el propio gas, deberá hacerlo a través de un gestor de residuos peligrosos autorizado.

                ¿QUÉ INFORMACIÓN LE PODRÍAN REQUERIR EN LA INSPECCIÓN?

  • Identificación y muestra de las existencias físicas de gases refrigerantes en el momento de realizarse la visita. Se comprobará que dispongan de marcado CE y la fecha de caducidad.
  • Facturas de compra y justificantes de pago.
  • Relación de proveedores de gases refrigerantes, persona de contacto y descripción del procedimiento de adquisición.

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